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Requisitos de los adoptantes
Estado Civil
• Parejas casadas (1)
• Solteras: Según recomendaciones del Ministerio de la Mujer etíope que la Embajada española en Addis ha hecho llegar al Ministerio de Sanidad y Política social, Balblika únicamente aceptará los expedientes de familias monoparentales que ya hayan adoptado en el país.

• No se aceptan parejas de hecho.

Edad
• Los solicitantes deberán tener más de 25 años. (2)
• En el caso de matrimonio, es suficiente que sólo uno de ellos tenga esta edad.
• En la práctica suele aplicarse una diferencia máxima entre adoptante y adoptado de 40 años, aunque esta diferencia puede ampliarse en el caso de niños mayores.

Hijos
• Se acepta que los solicitantes tengan hijos biológicos.

Requisitos del adoptado
• Podrá ser adoptada cualquier persona menor de dieciocho años y que se encuentre bajo tutela.

Documentos del expediente
A preparar por los solicitantes
• Carta de motivación de la adopción
• Certificado literal de nacimiento
• Certificado literal de matrimonio (en el caso de monoparentales que ya hayan tramitado su primera adopción en el país, fe de vida y estado)
• Fotocopia del libro de familia
• Certificado de antecedentes penales
• Certificado médico de cada uno de los adoptantes
• Certificado de la declaración de la renta
• Certificado de trabajo
• Tres cartas de recomendación
• Certificado de empadronamiento y de convivencia
• 8 fotos familiares y 6 de identidad de cada uno de los solicitantes
• Poder notarial a favor de nuestro representante en el país

Por la Entidad Pública
• Informe psico-social
• Certificado de idoneidad
• Compromiso de seguimiento
• Carta de garantía

(1) Desde la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, nos ha sido remitida la siguiente información que a su vez ha sido proporcionada por la Embajada de España en Addis Abeba, relativa a la preparación por parte del Gobierno etíope de un nuevo Reglamento en materia de adopciones mediante el cual se podría establecer una duración mínima del vínculo matrimonial de dos años.

(2) El nuevo reglamento podría establecer la edad máxima de los adoptantes, que previsiblemente se limitará a los 55 años.